Nova Lei de Protección da Infancia e da Adolescencia


Agilidad en la acogida

Se priorizará el acogimiento familiar para los menores de seis años de edad y se desjudicializará el proceso de modo que sea la administración la que decida dónde aloja al menor sin que el recurso de los padres biológicos le condene a permanecer en un centro, como viene ocurriendo. Además, los padres podrán recurrir la declaración de desamparo --que se define unificando criterios a nivel estatal y estableciendo que no podrá declararse en base exclusivamente a la pobreza o discapacidad de los padres del menor--, pero en tanto se dirime ese recurso, el niño estará en una familia de acogida y no en un centro. Para estos establecimientos, como para los de menores con trastornos de conducta, la ley fija las condiciones mínimas y regula su funcionamiento.

Es una de las medidas que podrán comenzar a aplicarse al día siguiente de la entrada en vigor. La Administración apunta que más 13.500 niños bajo tutela del Estado podrán dejar el centro para vivir con familias de acogida.

Además, estas familias deberán probar su idoneidad y ser evaluadas por las autoridades competentes. Podrán estar en una comunidad autónoma distinta, ya que se creará un mecanismo interterritorial de acogida. Esto permitirá que una región recurra a otra en caso de no contar con familias disponibles.

Más facilidades en la adopción

Se creará un sistema adopción abierta para los casos en los que el menor quiera seguir manteniendo relación con su familia biológica. Por otro lado, se establecerán criterios comunes para que los padres de acogida puedan adoptar, se regulará el derecho los niños a conocer su pasado y se creará un registro unificado de maltrato infantil de libre acceso para todos servicios sociales de España.

Los menores, reconocidos como víctimas

El texto reconoce como víctimas de violencia de género a los menores, es decir, que dispondrán de la misma protección que la ley brinda actualmente a sus madres. Los hijos de un matrimonio en el que un cónyuge mate al otro podrán cobrar la pensión de orfandad completa, aunque el asesino siga con vida, y se le reconocerá el cien por cien de la base reguladora. En este sentido, las personas que maten a otro pariente no podrán cobrar la pensión que su muerte genere.

Registro de delincuentes sexuales

Los condenados por delitos contra la libertad sexual, trata de seres humanos y explotación de menores deberán estar inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que también incluirá información genética sobre los delincuentes.

Por otro lado, aquellos trabajadores que tengan contacto habitual con menores deberán probar, mediante una certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales, que no ha sido condenado por delitos de esta índole, como ya ocurre en países como Reino Unido o Francia desde 2010.

Víctimas de la trata de personas

Se amplía de 30 a 90 días el periodo de reflexión que se concede a las víctimas de trata para que decidan si quieren colaboran o con la justicia en la investigación de los delitos que les afectan. También se quiere premiar a los que den empleo a estas personas. La bonificación para el empleador será de 125 euros al mes durante dos años por cada trabajador contratado de forma indefinida.

Otras medidas


La realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto deberán realizarse dentro de la jornada laboral. Las familias numerosas conservarán el título mientras que al menos uno de los hijos cumpla los requisitos.



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